Rapports

Acta de Consejo de Gobierno número 182, artículo número 3, acuerdo: 1. Comunicar al Instituto Nacional de Seguros los siguientes acuerdos, para ser cumplidos en el plazo de esta Nota de Expectativas. 2. Instar a seguir avanzando con resultados positivos y asegurar que el manejo de las finanzas, compromisos y riesgos de la entidad continúe siendo oportuno. 3. Continuar con el cumplimiento y la actualización periódica de la declaratoria del apetito de riesgos, para ser valorada y aprobada oportunamente por parte de la junta directiva. 4. Mantener niveles adecuados de provisiones técnicas paracubrir todas sus responsabilidades en relación con los seguros y seguir obteniendo rentabilidad. 5. Presentar al Consejo de Gobierno el cronograma de la expansión internacional de las operaciones del Instituto, a más tardar dos meses después de recibida la NOTA DE EXPECTATIVA (guardando la observancia del Artículo 12, de la Ley N. º 12, “Ley del Instituto Nacional de Seguros”, del 30 de octubre de 1924, que regula la confid

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