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Acta de Consejo de Gobierno número 198, artículo número 8, acuerdo: Proceder en una próxima sesión a la resolución del Recurso de Apelación , se solicita el criterio jurídico a la Dirección de Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República y el Ministerio de la Presidencia, para que analice el expediente y se refiere a los alegatos del recurrente, conforme a Derecho y según el mérito de las piezas del expediente.

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