- CR-AN-AI-BAC-JTADI-ACT-029-2000-000008-099-416
- Unidad documental compuesta
- 1981-02-16
Acta No.14, artículo No.15. Acuerdo n°1:- manifestar su conformidad en que se tome el dólar al tipo de cambio de É¢12 colones por dólar, para garantías de depósitos a plazo en dólares, garantías de mercaderías importadas y para el cálculo del financiamiento de ventas industriales al exterior y gastos de preexportación y deberá hacerse constar en el documentos correspondiente, el derecho del Banco a pedir un refuerzo de garantía, en caso de fluctuación má alta del dólar
Junta Directiva del Banco Anglo Costarricense