- CR-AN-AI-BAC-JTADI-ACT-029-2000-0000013-104-389
- File
- 1981-05-10
Acta n° 79. artículo n° 19. Acuerdo n°4. : lo siguiente: La Comisión deberá informar a la Junta Directiva parcialmente los resultados a que llegue, en la medida en que vaya laborando, hasta la conclusión del trabajo objeto de lacreación de la Comisión
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